Con la entrada en vigor del complemento de nómina 1.2, se establecen los requisitos que debe cumplir el registro de viáticos en el CFDI de nómina y sus consideraciones fiscales.
Para cumplir con estos nuevos lineamientos fiscales y evitar que los trabajadores acumulen ingresos que no deberían, se considerarán las reglas de validación correspondientes al tema, relacionadas con el uso de las claves:
–> 003 Viáticos (entregados al trabajador), del catálogo de otros pagos.
–> 050 Viáticos, del catálogo de percepciones.
–> 080 Ajustes en viáticos gravados, 081 Ajuste en viáticos entregados al
trabajador y 100 Ajustes en viáticos exentos, del catálogo de deducciones.
En la guía de llenado del complemento de nómina 1.2 se establecen los lineamientos
que debe cumplir el registro de los viáticos en el CFDI y de nómina.
En este documento explicamos como se deben registrar los viáticos de acuerdo con lo que indica la guía de llenado del complemento de nómina.
Cuando se entreguen viáticos al trabajador este dato podrá reportarse de cualquiera de las siguientes formas según los plazos:
a) En el CFDI de nómina del periodo que comprende a la fecha en que el
recurso fue entregado al trabajador.
b) En el CFDI de nómina siguiente a aquél que corresponda a la fecha en que
fue entregado el recurso al trabajador siempre y cuando se emita dentro de
los 30 días naturales siguientes a la fecha de la entrega del recurso y dentro
del mismo ejercicio fiscal en que se entregó el recurso.
c) En un CFDI de nómina independiente que ampare solo la entrega del viático
siempre y cuando se emita dentro de los 30 días naturales siguientes a la
fecha de la entrega del recurso al trabajador y dentro del mismo ejercicio
fiscal en que se entregó el recurso